Rostros en Juan José Núñez: El referendo es la vía rápida
Por Venezuela Real - 5 de Marzo, 2007, 11:23, Categoría: Electorales
DORYS VILLARROEL
El Mundo 28 de Febrero de 2007 El ex presidente de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia advierte que para "raspar" a gobernadores y alcaldes, como lo anuncia el presidente Chávez , sólo se requiere de la consulta popular Lo primero que aclara el magistrado Juan José Núñez Calderón es que no es muy amigo de las entrevistas periodísticas, porque por ahora prefiere mantener su bajo perfil para colaborar con su seguridad personal. "Estas entrevistas las evito porque es una tranquilidad para mí. Yo voy a los mercados populares, a Mercal y a cualquier parte y nadie sabe quien soy. Desde el punto de vista de mi tranquilidad espiritual y de mi seguridad personal, no tengo que estar apareciendo en ninguna parte. Claro, llegará el momento en que si tengo un cargo donde la gente tenga que conocerme, apareceré". Con su hablar pausado y a bajo tono, el expresidente de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, también nos advierte que "la materia electoral y política radica siempre sobre una connotación de intereses".Su propósito es evadir cortésmente cualquier tema sobre el que considere no puede pronunciarse porque puede ser materia de consulta ante la Sala. -¿Cuántos casos pendientes tiene la Sala Electoral? -Ninguno. Al menos hasta el momento en que yo entregué la gestión como presidente de esta sala, estamos al día. El año pasado dictamos 250 sentencias. -El presidente Chávez le dio instrucciones a la presidenta de la Asamblea Nacional, Cilia Flores, para que busque mecanismos para "raspar" a gobernadores y alcaldes que no sean eficientes en su gestión. ¿Cuáles serían estos mecanismos? -El único, desde el punto de vista electoral, es la consulta popular. Ahora, desde el punto de vista legal hay una cantidad de actuaciones que configuren delitos. Por ejemplo, un procedimiento abierto por peculado. -¿No ejecutar a tiempo las obras públicas es un delito que acarree destitución? -No, a menos que exista retención indebida de recursos con depósitos bancarios que generen intereses, esos delitos son causales de suspensión del cargo. -¿Cuál es el procedimiento? -Se abre una investigación,con intervención de la Fiscalía y un tribunal determina si existen delitos o cualquier medida para que haya suspensión del alcalde o gobernador. Suspensión no significa destitución hasta que no terminen las investigaciones. -¿No hay vía rápida para raspar a los alcaldes y gobernadores? -El referendo es una vía política rápida, es la única. NORMATIVA REALISTA Aunque es muy cuidadoso de no adelantar opinión sobre casos que le puedan generar inhibición o recusación, el magistrado Núñez Calderón confesó que ha revisado la normativa que el CNE diseñó para los referendos revocatorios por venir. Concluyó que en las mismas "parece que todo está ubicado en la realidad jurídica y electoral del país". Ante las acusaciones que hacen algunos ciudadanos, respecto a que el árbitro electoral les limita el derecho a convocar la consulta popular porque impuso como requisito la recolección de firmas en sólo tres días, el magistrado señaló que el CNE es quien dicta las normas y los lapsos tienen que ser expeditos para generen seguridad en la manifestación de la voluntad popular. -Hay personas que expresan temor de firmar para solicitar referendo a algún funcionario alegando que pueden perder el empleo o ser perseguidos. -Es un derecho establecido en la Constitución y el funcionario que trabaja en la administración pública bajo los conceptos políticos que estamos manejando en el país, de igualdad, socialismo y otros, debería garantizar y propugnar que se consulte todo sobre su actuación. -¿Está garantizado que las firmas recolectadas para el referendo sean secretas? -Ya la norma lo estableció. Nosotros dictamos una decisión sobre la interpretación de una norma del CNE que fue derogada. Se establecía que las firmas eran públicas como un acto proselitista. El CNE, sobre la base de esta normativa que perdió vigencia, interpretó que las personas tenían derecho a reclamar su exclusión del listado donde aparecían como firmantes si no lo eran. Esa decisión quedó sin efecto, porque el mismo CNE, al día siguiente, hizo una normativa diferente y estableció la privacidad de las firmas. De conformidad con las normas que acaba de dictar el CNE, se vislumbra que existe un estricto control individual para la recolección de firmas, es decir, que no va a ser un procedimiento que va a seguir cualquier persona en las calles, sino que las firmas van a ser recogidas con la supervisión del propio ente rector. -¿Cuál es su interpretación sobre la autonomía sindical?, porque hay denuncias de que la oficina sindical electoral del CNE está colapsada con innumerables solicitudes de elecciones de sindicatos que tienen sus contratos colectivos congelados porque no se han legitimado. -El CNE es el órgano facultado constitucionalmente para dirigir y reglamentar estas elecciones. Si está en mora o colapsado con los sindicatos, ese es un problema administrativo que tienen que resolver. Todo atraso en la resolución de un conflicto o solicitudes tanto en la administración pública como en la judicial, constituye denegación de justicia. -¿Los sindicatos no son autónomos para hacer sus elecciones? -Sí. El CNE es el rector de sus procesos electorales y no reconoce elecciones que no organiza.
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