Sin lugar cautelar de Rctv contra su cierre

Por Venezuela Real - 1 de Agosto, 2007, 14:05, Categoría: Libertad de Expresión

RICARDO MÁRQUEZ
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01 de agosto de 2007

Aún falta decidir demanda principal
La Sala Político Administrativa acordó declarar la acción improcedente

Caracas. La Sala Político Administrativa del TSJ, con ponencia de la magistrada Evelyn Marrero, declaró improcedente la medida cautelar innominada solicitada por Radio Caracas Televisión, en el caso de la decisión de Conatel, que la sacó del aire.

Como se informó, el canal de Bárcenas, demandó la nulidad del acto con un amparo y una medida cautelar. La Sala admitió la acción, declaró sin lugar el amparo y ahora decidió la cautelar.

La sentencia, en lo tocante a la medida solicitada, de suspensión de los efectos del acto impugnado, o sea, de la salida del aire, hace una enumeración de las denuncias de violación de los principios de jerarquía, inderogabilidad de los reglamentos, buena fe, confianza legítima, identidad, el vicio de falso supuesto, derecho de preferencia a la extensión de sus títulos, desviación de poder, incompetencia manifiesta y ausencia absoluta del procedimiento legalmente establecido, referentes todas a violación de derechos constitucionales y de normas de rango legal, alegadas en la demanda, y concluye que no es procedente pronunciarse al respecto en esta oportunidad, pues son las mismas de la demanda de nulidad y la Sala emitiría opinión de fondo.

Sobre los alegados daños de irreparable resarcimiento, dice el fallo que es público y notorio que la empresa sigue trabajando como estación de televisión y emite sus programas normalmente.








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