Juan Carlos Apitz : "El poder popular es un fantasma"

Por Venezuela Real - 26 de Agosto, 2007, 14:48, Categoría: REFORMA CONSTITUCIONAL

SARA CAROLINA DÍAZ
EL UNIVERSAL
26 de agosto de 2007

Para el abogado Juan Carlos Apitz "vamos al Estado autocrático y centralizado"

Una de las premisas fundamentales que esgrime el chavismo para justificar, y alabar, la propuesta de reforma constitucional es la inclusión del Poder Popular en la Carta Magna.

El abogado, profesor universitario y ex presidente de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, Juan Carlos Apitz, considera que al llamado Poder Popular no se le otorga, en la reforma, el rango que tienen los otros poderes en la Constitución actual, por lo que considera que "el Poder Popular es un poder fantasma".

Las expresiones Poder Popular y Poder Comunal aparecen 11 veces en el texto de 33 artículos de reforma planteado por el presidente Chávez, pero en este caso el número no basta para desarrollar la nueva categoría y equipararla a la que tienen en la actual Constitución otros poderes en la distribución vertical de poderes (descentralización administrativa y político-territorial), como el Ejecutivo, el Estatal, el Municipal y el local, cuyas características están suficientemente explicados, por capítulos y títulos, en el Texto Fundamental de 1999, no así en el caso del Poder Popular.

En la reforma, explica Apitz, no hay ningún artículo que haga referencia a la organización, integración, lapsos, características, condiciones de elegibilidad, incompatibilidad, período de este nuevo poder: "Dejan al Poder Popular en el aire, y ¿qué pasa si lo dejan así ? Que es mentira, falso y depende de la discrecionalidad del Presidente que es quien aprueba todo lo que tiene que ver con este poder".

A juicio del abogado se puede inferir, por expresiones vagas diseminadas en los artículos 136, 16 y 184 -que mencionan pero no desarrollan este nuevo poder- algunas consideraciones que ni siquiera se complementan con la Ley de Consejos Comunales vigente.

Por este motivo, dice Apitz, el Poder Popular se pone de rodillas ante el Ejecutivo: "La autonomía del Poder Popular está hipotecada porque cualquiera de sus proyectos está subordinado a la aprobación de un Consejo Presidencial para el Poder Comunal encargado de supervisar las propuestas que se presenten y aprobarlas. El ¨Poder Popular se pone de rodillas al Ejecutivo. Hay una enunciación de que se están descentralizando competencias en los consejos comunales, en los consejos obreros y estudiantiles pero cualquiera de los proyectos en esas instancias de participación estarán subordinados al Presidente".

Apitz insiste en que la tan publicitada autonomía del Poder Popular no existe realmente en la propuesta de reforma constitucional, porque el Ejecutivo tiene el mayor poder de decisión. En este sentido aseguró que el proyecto de reforma demuestra que "vamos de un Estado democrático y social de Derecho y de justicia al Estado nacional centralizado y autocrático".

El peligro radica, afirma, en que no se está promoviendo ciudadanos activos, libres o emancipados que tengan iniciativas y puedan ejercerlas: "El ciudadano cuando participa en estas instancias debe estar en una situación de libertad y eso no está dado en la propuesta de reforma, aunque se pretenda hacer ver otra cosa".

El especialista cuestionó el artículo 184 de la reforma que deja en hombros de una Ley la transferencia de competencias del poder nacional de estados y municipios a las comunidades. "Como el Poder Popular o Comunal no tiene un capítulo de competencia se plantea que se haga por una ley cuando esto debería hacerse por la vía constitucional, porque la forma como se distribuye verticalmente el poder obliga a hacerlo. Si ya está clasificado el poder en nacional, estatal, municipal y se crea uno comunal, no se puede decir que se hará por la ley porque las competencias a grosso modo deben estar distribuidas en el texto constitucional", indicó Apitz, quien también criticó que se atribuyera a los consejos comunales la justicia de paz. Al respecto manifestó que el artículo 258 de la actual Constitución establece que la justicia de paz, y los jueces, forman parte del sistema de justicia y dijo que ésta no se puede transferir a los consejos comunales, cuando además existe una Ley Orgánica de la Justicia de Paz publicada en diciembre de 1994.

Apitz agregó que sólo el enunciado de descentralización que involucra al Poder Popular no funciona cuando paralelamente se pretende la desaparición del término: "Se considera que la descentralización es propia del Derecho constitucional americano y esa es la excusa para desaparecerla. A partir de una posición ideológica parece que hay que borrar todo lo que diga descentralización. Pero en los principios fundamentales, que no se pueden tocar porque entonces estaríamos en el terreno de una Constituyente, está la descentralización como manera de organizar un Estado".

Cayapa constitucional

El abogado alertó que la función de la Asamblea Nacional es aprobar o improbar la propuesta de reforma planteada por el Presidente y que no está facultada para tocar otros artículos distintos a los 33 que se encuentran en el proyecto de reforma. Apitz aseguró que los 33 artículos presentados por Chávez tocan directamente seis de los nueve títulos que tiene la Constitución de 1999. "No es una reforma superficial del texto constitucional, sino de un cambio profundo en el texto constitucional", indicó Apitz, quien calificó el método de aprobación como una especie de "asamblea constituyente express". Afirmó que se está transformando el Estado en socialista y un ordenamiento jurídico que permite el funcionamiento de ese nuevo Estado. "Es una cayapa constitucional porque no se puede hacer un cambio de tal magnitud sin una discusión seria".





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