Duque: "Un derecho se rebaja de categoría"

Por Venezuela Real - 9 de Septiembre, 2007, 18:57, Categoría: REFORMA CONSTITUCIONAL

MAH
El Universal
09 de septiembre de 2007

Para Román Duque Corredor la propuesta de Carta Magna presentada ante la Asamblea Nacional por el primer mandatario limita cualquier iniciativa económica, debido a que el derecho de propiedad queda disminuido.

El abogado y ex magistrado considera que los cambios se contradicen con el derecho al libre desenvolvimiento de la personalidad, lo cual está consagrado en la Constitución del año 1999.

-Con la reforma del artículo 112, ¿cómo queda el derecho a dedicarse libremente a cualquier actividad económica, así como la libertad de empresa, comercio e industria que está en el texto vigente?
-Esa disposición 112 hay que concatenarla con el ar-tículo del sistema económico (115) y por lo tanto si existe la intención de construir una economía socialista, evidentemente no puede haber libertad económica ni libertad de empresas, por ello se elimina el derecho a la iniciativa económica. Pero ello contradice el principio fijado en el artículo 20 de que toda persona tiene derecho al libre desenvolvimiento de la personalidad. Por esta vía, el Gobierno promueve un sólo tipo de producción, la social, de manera que no habrá otras alternativas.

-En la reforma al 115 no se incluyen los atributos de uso, goce, disfrute y disposición de los bienes, los voceros de la Asamblea aseguran que ello forma parte del derecho de propiedad y por lo tanto no hay impactos, ¿pero ello efectivamente es así, no se afecta la posibilidad de que las personas puedan disponer de sus bienes?
-Con la modificación de esa disposición a un derecho se le rebaja de categoría. El texto actual garantiza el derecho de propiedad y las manifestaciones de ese derecho. Si uno va a la exposición de motivos de la Constitución de 1999 allí se garantizó el derecho de propiedad para que no existieran dudas sobre su reconocimiento, el mismo se garantizó sin ambigüedades.

Sin embargo, apunta, que cuando se recoge la esencia de ese derecho en la propuesta, el Código Civil resulta inconstitucional, por lo tanto de aprobarse la reforma, el Código Civil tendría que ser cambiado.

"Un Código Civil puede decidir que no se pueden usar los bienes de consumo. De acuerdo a lo previsto en la reforma, alquilar o usufructuar no estaría totalmente garantizado con la propuesta presentada, cuando la propiedad es un derecho anterior al Estado. La propuesta es una concepción material no humanista".





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