Eliminada la autonomía del BCV
Por Venezuela Real - 24 de Octubre, 2007, 18:44, Categoría: REFORMA CONSTITUCIONAL
CECILIA CAIONE / MARÍA JOSÉ MAIRENA
EL NACIONAL 24 de octubre de 2007 La Asamblea sustituyó la figura del Fondo de Estabilización Macroeconómica La plenaria aprobó que la Fuerza Armada Nacional Bolivariana es un cuerpo antiimperialista El Banco Central de Venezuela, en lo sucesivo, ya no será un ente autónomo y deberá ejercer sus habituales obligaciones "en estricta y obligatoria coordinación" con el Ejecutivo. El artículo 318 del proyecto de reforma constitucional, aprobado anoche por la Asamblea Nacional, establece que las funciones del BCV "estarán supeditadas a la política económica general y al Plan de Desarrollo Integral de la Nación para alcanzar los objetivos superiores del Estado socialista y la mayor suma de felicidad posible para todo el pueblo". Las reservas internacionales serán manejadas por el ente emisor "bajo la administración y dirección del Presidente", como administrador de la hacienda pública nacional. En el texto también se indica que, de establecerse una moneda común latinoamericana, la República podrá adoptarla, previo acuerdo suscrito. "El Banco Central debe orientar sus políticas a favor del pueblo y para ello tiene que estar en consonancia con el Ejecutivo nacional. No podemos tener un Banco Central autónomo e independiente de los intereses del pueblo", dijo la diputada Hiroshima Bravo. Pero Ricardo Gutiérrez, de Podemos, deploró la nueva redacción de este artículo: "Estamos frente a una propuesta que coloca al país en una situación de alto riesgo. Yo los convoco a pensar en el país y a que detengan una decisión tan delicada como ésta". Posteriormente, los diputados también le dieron el visto bueno a los artículos 320 y 321, referidos a la coordinación macroeconómica. Al primero se le agregó que el Estado velará por la armonización de la política fiscal con la monetaria. El segundo estipula que el jefe del Estado fijará el nivel de las reservas internacionales en coordinación con el BCV y que las reservas excedentarias se destinarán a fondos que disponga el Ejecutivo para inversiones, desarrollo, infraestructura y financiamiento de las misiones. La figura del Fondo de Estabilización Macroeconómica quedó eliminada. FAN antiimperialista. La plenaria del Parlamento avanzó ayer en la aprobación de 11 artículos más del proyecto de reforma y se espera que hoy termine con los restantes artículos que serán modificados. Los artículos sancionados anoche son el 300, 301, 302, 303, 305, 307, 318, 320, 321, 328 y 329. Los dos últimos son los referidos a la Fuerza Armada. El 328 especifica que la "Fuerza Armada Nacional Bolivariana constituye un cuerpo esencialmente patriótico, popular y antiimperialista, profesional y sin militancia partidista, organizada por el Estado para garantizar la independencia y soberanía de la Nación, defenderla de cualquier ataque externo o interno y asegurar la integridad del espacio geográfico". Más adelante se agrega que aplicará "los principios de defensa integral y la guerra popular de resistencia" y que estará siempre al servicio del pueblo "y en ningún caso al de oligarquía alguna o poder imperial extranjero". El 329 indica que la FANB está integrada por el Ejército, la Armada, la Aviación, la Guardia Nacional y la Milicia. El artículo 301 especifica que no se otorgarán a personas o empresas extranjeras "regímenes más beneficiosos que los establecidos para los nacionales". Según el 302, el Estado se reserva, por razones de soberanía, las actividades de exploración y explotación de los hidrocarburos líquidos, sólidos y gaseosos. Queda precisado, en el artículo 303, que Petróleos de Venezuela no podrá ser privatizada ni "los entes o empresas de propiedad exclusiva del Estado que desarrollen actividades reservadas a éste en el territorio nacional". El artículo 305 estipula que el Estado debe garantizar la seguridad y la soberanía alimentaria y para ello podrá "utilizar a plenitud las potestades de expropiación, afectación y ocupación". Los diputados dejaron también expresamente prohibido el latifundio en el artículo 307. Además, se crearán tributos sobre las tierras productivas que no sean empleadas para la producción agrícola o pecuaria. También se prevé la confiscación de los fundos cuyos dueños ejecuten actos fuera de la ley. |
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