En defensa del arbitraje
Por Venezuela Real - 1 de Marzo, 2008, 14:44, Categoría: Petróleo/Energía
José Ramírez León
El Universal 01 de marzo de 2008 Tomando en cuenta el interés comunicacional del procedimiento arbitral que enfrenta a ExxonMobil y Pdvsa, y algunas matrices de opinión que pretenden utilizar este caso como bandera para satanizar la institución del arbitraje comercial internacional, resulta oportuno elevar una voz en defensa de las virtudes de este mecanismo de resolución de conflictos como medio idóneo para la resolución de conflictos entre Estados e inversionistas de otros Estados. El arbitraje es uno más de los muchos medios que existen para la solución de conflictos bajo el cual las partes contratantes se comprometen voluntariamente a someter el conocimiento de una controversia a un (pueden ser varios) tercero imparcial llamado árbitro que dicta una decisión sobre la controversia que es obligatoria para las partes. En el ámbito de los negocios internacionales resulta este el medio idóneo para la resolución de conflictos porque aunado a las ventajas de celeridad, especialidad, economía, confiabilidad, este medio ofrece neutralidad. Es precisamente esta garantía de neutralidad la que buscan las empresas a la hora de hacer inversiones en un país que no es el propio, para evitar los desequilibrios que implicaría que quien resuelva una eventual disputa sea a la vez juez y parte. La tendencia mundial de los negocios internacionales es reiterada en la escogencia del arbitraje comercial como medio de resolución de conflictos y Venezuela no escapa a esta realidad. En efecto, la legislación venezolana reconoce constitucionalmente al arbitraje y ordena su promoción y desarrollo. Particularmente en materia de inversión extranjera contamos con el decreto con rango y fuerza de ley de promoción y protección de inversiones dictado en octubre de 1999 y con veinticuatro tratados bilaterales para la promoción y protección de inversiones suscritos por Venezuela, leyes estas que coinciden en establecer el arbitraje como medio de resolución de conflictos. El objetivo esencial de estas leyes es fomentar la inversión e incrementar el flujo de capital foráneo hacia nuestro territorio, pues esto trae consigo el fomento de la creación de empleos y el desarrollo o la transferencia de tecnologías, los cuales son ingredientes indispensables para lograr el desarrollo. Abogamos porque en este caso prive el pragmatismo ante el radicalismo ideológico, pues resultaría muy lamentable y costoso para el país que la voluntad política se impusiera para desaplicar o derogar estas leyes que acogen el arbitraje, pues el efecto inmediato sería prácticamente un autobloqueo de nuestras fronteras a la inversión internacional. Abogado |
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