Alberto Jordán H.
El Universal
06 de mayo de 2008
¿Incluyó en su lista a Nicolás Maduro, Willian Lara; Darío Vivas e Iris Varela?
Con la vara que mide el contralor Clodosbaldo Russián ya fue medido y no quedó bien parado. Cuando ejercía esa función en el Municipio Libertador, fue sancionado con voto de censura del Ayuntamiento, por su presunta negligencia e incumplimiento de su responsabilidad en el cargo que ostenta produciendo presuntos daños al patrimonio municipal, tal como se refleja en el casoFundarte. Consta en Gaceta de la Cámara del 20-10-95.
Invocaba la Constitución Nacional de 1961 y alegaba incompetencia y desviación de poder, porque el voto de censura se establecía para ministros. En ese vicio incurre él ahora, al solicitar al Consejo Nacional Electoral la inhabilitación política de unos 400 funcionarios, la mayoría de quienes aspiran participar en comicios para gobernadores, alcaldes y legisladores regionales. Lo hace sin notificar y sin que medie procedimiento. Además juzgarlos y sancionarlos dos veces (multa e inhabilitación) por un mismo hecho, les violan el derecho a la defensa, al debido proceso, la presunción de inocencia, al sufragio y a ser juzgadas por sus jueces naturales. Fundamenta su vengativa y servil decisión en el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, que se refiere a funcionarios designados no a electos.
¿Incluyó en su lista al canciller Nicolás Maduro, al ex ministro Willian Lara; a los diputados Darío Vivas e Iris Varela? Él fue testigo presencial del anunció que hizo el entonces Fiscal General y hoy conjuez del TSJ, Isaías Rodríguez, en su informe de gestión del 2006 a la Asamblea Nacional. Allí pidió investigar la procedencia del patrimonio de esos funcionarios. ¿O se hará el rufián como lo hizo con Maripili Hernández?
El mismo podría ser inhabilitado, por actos de corrupción, pues devenga dos salarios: el de jubilado y el de Contralor. De cumplir los principios constitucionales de independencia, autonomía, despartidización e imparcialidad, el CNE no debería caer en ese criterio ya que se trata de un acto nulo.