El CNE puso etiqueta en el RE a inhabilitados
Por Venezuela Real - 17 de Junio, 2008, 18:09, Categoría: Electorales
YNGRID YOHANNA ROJAS
Ultimas Noticias 17 de junio de 2008 Partidos se reunieron con el ente comicial en segunda jornada de revisión técnica del padrón electoral En próxima cita revisarán migraciones dejadas sin efecto Caracas. El Consejo Nacional Electoral maneja dentro del Registro Electoral un código para objetar la postulación de los inhabilitados por el contralor Clodosbaldo Russián. Así lo informó ayer el representante de UNT ante el CNE, Vicente Bello, a su salida de la reunión mensual de revisión del padrón electoral entre los partidos y los técnicos del ente comicial. Bello detalló que les presentaron una tabla de objeciones, en la cual figuran dos códigos relativos a las inhabilitaciones. "El código 7 para los inhabilitados políticamente y que no pueden votar, y el código 8 para los inhabilitados para ejercer funciones públicas, y que sí pueden votar". Bello añadió que al preguntar sobre el código 8, los técnicos confirmaron que será aplicado a los funcionarios que están en la lista de Russián. Amplió que la introducción de ese código, "es significativa, dado que el sistema de postulaciones es automatizado y basado en la cédula de identidad, entonces, para postular a un candidato éste es buscado en el RE, y si está objetado la postulación es rechazada". Cabe destacar que aún el CNE no ha tomado una decisión sobre el caso de los inhabilitados por la Contraloría, y ya existe una tabla de objeciones en el padrón electoral con la calificación para quienes estén inhabilitados para ejercer funciones públicas, quienes sí pueden ejercer el derecho al sufragio, pero queda claro que no podrán postularse. En un principio se habló de que los funcionarios que figuran en la lista de Russián, eran inhabilitados políticos, pero ahora se maneja el término de sanción administrativa, para esos casos lo único que se ha dicho es que deben manejar sus procesos ante el Tribunal Supremo de Justicia. Para los inhabilitados políticos el proceso está claro en la Constitución, y en la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política, que en el artículo 114 reza: "para los efectos de la suspensión de inscripciones electorales por declaratoria de interdicción civil o inhabilitación política, el juez competente, dentro de los diez (10) días siguientes, a la fecha de la sentencia definitivamente firme, debe comunicarla a la Oficina del Registro Electoral, conforme lo determine el Consejo Nacional Electoral". Movimientos. Durante la reunión técnica de ayer, el director de la Oficina de Registro Electoral, Juan Carlos Pinto, detalló los movimientos efectuados en el padrón de votantes al 30 de abril, entre los cuales se cuentan 114 mil 233 movimientos, entre nuevos inscritos, reubicaciones, objetados y fallecidos. Además, se les entregaron las fechas de nacimientos de los electores. Asimismo, se acordó con las organizaciones políticas, revisar en una reunión las 409 reubicaciones efectuadas en el municipio Cacique Manaure, Fal, y 682 del municipio San Judas Tadeo, Tác, dejadas sin efecto, debido a que estas cifras están sobre el promedio previsto para esas localidades. También evaluarán las que se encuentran en observación en otros municipios del país. |
Temas
Calendario
Archivos
SuscríbeteSindicaciónEnlaces
|