Ministerio de Vivienda regulará el arrendamiento inmobiliario
Por Venezuela Real - 6 de Agosto, 2008, 10:12, Categoría: Vivienda
AHIANA FIGUEROA
El Nacional 06 de agosto de 2008 El Ejecutivo podrá establecer incentivos tributarios para impulsar el mercado de alquileres El Banavih no estará subordinado a la Superintendencia de Bancos El Ministerio de la Vivienda y Hábitat será el encargado de regular los alquileres inmobiliarios, competencia que estaba en manos del Ministerio de Infraestructura. En el artículo 69 de la reforma de Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat se establece el arrendamiento inmobiliario como una forma de consumo de viviendas, por lo que todas las normas relativas al sistema nacional podrán ser aplicadas al arrendamiento inmobiliario. Igualmente señala que el Ejecutivo podrá estipular incentivos tributarios o de otra naturaleza para impulsar el mercado de alquileres, y crea una instancia mediadora o conciliadora para los conflictos que se susciten entre arrendadores y arrendatarios, en aplicación del procedimiento conciliatorio. Los cánones permanecen congelados desde hace cinco años, lo cual ha generado una caída en la oferta en el mercado de viviendas dedicado al alquiler. Social. La exposición de motivos de esta reforma indica que la redacción del proyecto incorpora "en forma inequívoca y resumida todos los postulados filosóficos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social". Sin embargo, incorpora dentro el sistema nacional de vivienda y hábitat los consejos comunales como organismo ejecutor más de la política que rige esta materia. "El ministerio promoverá el desarrollo de las organizaciones populares dirigidas al ahorro y crédito en materia de vivienda y hábitat; los registros de los actores del sistema, que será de acceso público; la inversión y participación del sector privado y las unidades operativas de ejecución". 100%. En cuanto al financiamiento de la vivienda, la reforma establece que los créditos hipotecarios para viviendas principales podrán ser concedidos hasta por 100% del valor del inmueble. "Se consagra la figura del crédito mixto, que consiste en que todo usuario del sistema podrá optar por un préstamo a largo plazo que incluya la adquisición de terreno y la construcción de vivienda principal". Insubordinado. La reforma otorga al Banco Nacional de la Vivienda y Hábitat la figura de banco de desarrollo, sustituyendo la de instituto autónomo de naturaleza financiera. "Se replantea la relación existente entre el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat y la Superintendencia de Bancos, que debe ser de coordinación y colaboración, mas no de subordinación". El Banavih tendrá la facultad para captar de manera directa, o a través de las instituciones especialmente autorizadas para ello, los aportes que integrarán los fondos a que se refiere la ley: Fondo de Aportes del Sector Público, Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda, Fondo de Ahorro Voluntario para la Vivienda, Fondo de Garantías y Fondo de Contingencia Se incorporó dentro de su objeto el financiamiento de la producción, adquisición, sustitución y remodelación. |
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