Estado pulpo
Por Venezuela Real - 7 de Agosto, 2008, 14:44, Categoría: Política Nacional
OVIDIO PÉREZ MORALES
El Nacional 07 de agosto de 2008 Estado significa aquí la organización política de la sociedad, el cuerpo político de una nación, o también el conjunto de instituciones de gobierno. Con respecto a pulpo –sustantivo tomado en forma adjetivada– valga sólo subrayar dos características de este molusco: sus muchos tentáculos y sus ventosas. Para comprender, por contraposición, lo que no es ni debe ser un Estado pulpo, baste leer el "Preámbulo" de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, donde se expone el fin de la refundación de la República: "Establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley, para ésta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna...". Allí mismo aparece dibujada la figura de un Estado como rector del bien común, defensor y garante de los derechos humanos, promotor de la unidad en la sociedad pluralista, así como de la corresponsabilidad ciudadana. Esto se explica en los Principios Fundamentales del texto constitucional, en los cuales se identifica a Venezuela como "Estado democrático y social de Derecho y de Justicia", se plantean determinados valores superiores (artículo 2), al tiempo que se establecen ciertos "fines esenciales" y los procesos fundamentales para alcanzarlos (artículo 3). Un Estado así claramente se opone a otro de tipo absorbente, centralista, monopolizador, totalizante o totalitario. Lo que afirma la Constitución se sitúa en la línea de principios básicos de la Doctrina Social de la Iglesia. Ésta enseña, con el Concilio Vaticano II, que "el principio, el sujeto y el fin de todas las instituciones sociales es y debe ser la persona humana, la cual, por su misma naturaleza, tiene absoluta necesidad de la vida social" (GS 25). Persona abierta, por tanto, a la alteridad, la convivencia, la "ciudad" y, por ende, a una ciudadanía protagónica, corresponsable, que tiene como horizonte de su socialidad el bien común. En nuestro texto constitucional, como hemos visto, está implícito un principio muy destacado en la Doctrina Social de la Iglesia: la subsidiari dad. Según ésta, las personas, las familias y los cuerpos sociales intermedios, conservan su capacidad de acción, y la ordenan de acuerdo con el bien común; y el Estado, con sus diversas ramas, ha de realizar sólo lo que aquéllos no están en capacidad de ejecutar. En Venezuela tenemos actualmente un Estado que busca convertirse en monstruoso pulpo, mediante una progresiva "estatización", de color "socialista" (léase capitalista-deEstado). Así se podría llegar, por desgracia, a un Estado que sería, de modo hegemónico y excluyente: hotelero, docente, comunicador social, mercante, autobusero, agricultor, bodeguero, crítico de arte y muchas otras cosas más. Un Estado, no ya servidor, garante de derechos fundamentales de la persona y de la comunidad humanas, sino como su "fuente y dueño". Reafirmemos: lo primero no es el Estado, sino la persona (sujetividad-alteridad). Ello no minimiza o resta importancia al Estado; lo ubica, sí, adecuada y dinámicamente en el marco de una sana política y de un recto humanismo. |
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